El proyecto de ley para los cincuentones prevé plazos de un año para consultar y 90 días para decidir

Estiman que unas 30.000 personas migrarán de un sistema a otro.

Este lunes se anunció que el proyecto de ley para afrontar la situación de los cincuentones está listo.

En su exposición de motivos, el proyecto de ley afirma que puede haber apreciables diferencias entre los cincuentones y las demás personas comprendidas en el régimen de transición.

Los estudios demuestran que las diferencias se concentran en el grupo con ingresos de $48.953 a $146.859. Para atender esa situación se remite al proyecto de ley que permite desafiliarse de las AFAP, con retroactividad al momento de la afiliación.

Aplica para quienes tengan 50 años o más al 1º de abril de 2016 y no estén jubilados por el régimen de ahorro individual cuando entre en vigencia la ley. No alcanza a los que ya estén jubilados, excepto quienes se jubilaron solo por BPS pero están trabajando y aportando al sistema mixto por otra actividad.

El trámite se realizará en el BPS y la desafiliación será irrevocable.

Se establecen tres categorías por edad:

  • Quienes tengan 56 años o más tendrán un año para asesorarse luego de aprobarse la ley.
  • Quienes tengan de 53 a 55 años podrán asesorarse en el segundo año.
  • Quienes tengan entre 50 y 52 años lo harán en el tercer año.

Las edades presentadas son respecto al 1º de abril de 2016.

El prosecretario de Presidencia Juan Andrés Roballo añadió detalles de la operativa:

“Esto tiene relación con la cercanía a la jubilación. Hay un estimativo que el número de personas que se podrían adherir con unas 30.000”.

Una vez hecha la consulta, el interesado recibirá un documento del BPS y tendrá 90 días para decidir si se desafilia de la AFAP. El proyecto crea un fideicomiso que tiene como beneficiario al BPS para financiar los pagos de quienes regresen al sistema. Este fideicomiso se construirá con los fondos acumulados por los aportes y la rentabilidad obtenida por estos, pero no incluirá la comisión cobrada por la AFAP.

El décimo día hábil de cada mes cada administradora deberá transferir los montos de las desafiliaciones del mes anterior.


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