"Esto no es producto de la LUC", dijo Biestro sobre la incorporación de Uruguay a la lista de la UE de países no cooperantes a efectos fiscales

A principios de mes, el Consejo de la Unión Europea (UE) actualizó sus listas de países no cooperantes a efectos fiscales y de aquellos considerados cooperantes pero que tienen que hacer ajustes a su legislación tributaria por incluir regímenes que son considerados “nocivos”.

Uruguay, que no estaba incluido en ninguna de ellas desde 2019, volvió a ser incluido en la segunda – en la que había estado desde diciembre de 2017 hasta marzo de 2019–, que de manera coloquial se la conoce como una “lista gris”, un término que las autoridades evitan emplear.
El Ministerio de Economía y Finanzas informó en un comunicado que Uruguay se comprometió con la Unión Europea a “ajustar nuevas exigencias” para 2022.

Las exigencias de la Unión Europea sobre la legislación tributaria

Ya sabíamos que esta era una posibilidad para recapitular el 6 de diciembre de 2019, el ministro Astori recibe una nota de la Unión Europea diciendo que se iba a empezar los regímenes de extensión de ingresos provenientes del extranjero y que en Uruguay se había identificado un régimen de esa característica. Nuestro país a nivel de rentas empresariales grava las rentas que se obtienen en el Uruguay, no agravando las que se obtienen en el exterior. En ese momento se le comunicó al ministro Astori que íbamos hacer evaluados. Febrero de 2020 llega el primer cuestionario respecto a cuestiones generales del sistema tributario, la administración anterior entendió que en marzo de 2020 asumía una nueva administración y que nos correspondía a nosotros contestar y ver que estrategia tomar. Contestamos los cuestionarios y durante todo el 2020 seguimos con un intercambio con el grupo de código de conducta de fiscalía en las empresas ,  que es el grupo que nos evaluó. Tuvimos un intercambio muy fluido con el grupo hasta que en junio de este año recibimos una nota que se nos comunica de la evaluación y donde se identifica algunos aspectos del régimen  en particular que podrían ser potencialmente perjudiciales y en julio de este año se envió una nota comprometiéndonos de ajustar estos aspectos que podrían ser considerados potencialmente perjudiciales.

Esto no viene de una decisión o política implementada por esta administración ni las anteriores. Esto es producto de una decisión de soberanía política que tomó el país hace más de 50 años como país importador de capital, como país que atrae inversión extranjera directa, decidir por optar por gravar solo desde el punto de vista empresarial las rentas que se generan solamente en el Uruguay y no gravar las que se generan en el exterior. Esto no es producto de la LUC como se dijo, ni tampoco de los cambios en materia de configuración de residencia fiscal por inversiones ni la extensión del Tax Holiday, eso no tiene absolutamente nada que ver, el foco está en las rentas empresariales, y dentro de ella el foco está en las rentas que se consideran pasivas, entendiéndose por pasivas los intereses, los dividendos y las regalías que se obtienen en el exterior.

Principalmente el foco dentro de las rentas pasivas mayoritariamente están esas rentas que se generan sin sustancia, es decir, sin actividad económica sustantiva en el Uruguay, que no hay una actividad desarrollada efectivamente en nuestro país y que no hay recursos humanos empleados acorde desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo, que no hay una estructura de gastos en el país acorde a la actividad que se desarrolla. Los compromisos que se asumieron y los planes de trabajas que está siguiendo el ministerio, inmediatamente se confeccionó un grupo de trabajo con asesores de la asesoría tributaria del Ministerio de Economía y Finanzas, con funcionarios de la dirección general impositiva tenemos previsto para el primer trimestre del 2022, ya tener un diagnóstico de la situación y elevar a las autoridades los posibles caminos que podemos transitar. El objetivo de este ministerio es que las soluciones que se planteen es seguir siendo atractivos en materia de atracción de inversiones extranjeras directas, que generen empleos genuinos y haya una actividad sustancial en el país. Fines para el primer trimestre del 2022 tener los ajustes normativos ya previstos para enviar al Parlamento para su posterior aprobación.

Los compromisos asumidos ante la Unión Europea

El compromiso asumido ante la UE es de ajustar estos aspectos que fueron observados como potencialmente perjudiciales. Es hacer el ajuste antes del 31 de diciembre para que entre en vigencia a partir del 1º de enero de 2023. El plan de trabajo que trazó el ministerio para llevar a cabo estos ajustes es primer trimestre del 2022 elevar a las autoridades aquellas alternativas que tenemos para emendar este sistema y elevar al parlamento posteriormente a fines del primer semestre del 2022 los ajustes que tengamos que hacer para que rigan a partir del 1º de enero de 2023. El compromiso fue de ajustar los elementos que se consideraban potencialmente perjudiciales desde el punto de vista de competencia fiscal desleal  que es lo que les preocupa a la Unión Europea, no hay que perder foco en eso. La Unión Europea  está tratando de defender su sistema tributario y como tal intenta luchar contra la competencia fiscal desleal y la deslocalización de factores móviles, que son las rentas pasivas, a territorios que tengan un régimen tributario más beneficioso.

Aspectos a cambiar

Dentro de las rentas empresariales abocarnos a las rentas empresariales, dentro de las rentas empresariales el foco está en las rentas pasivas, son dividiendo, intereses y regalías, que obtiene una empresa que está localizada en el Uruguay proveniente del exterior.

La Unión Europea maneja dos situaciones o se gravan esas rentas de fuente extranjeras o bajo determinadas condiciones de sustancia pueden estar exonerados, siempre y cuando haya una actividad real sustantiva en el Uruguay podrían estar exonerados.

Decisión soberana

En el caso de nuestro país, ya lo dijo el presidente de la República que vamos a defender el principio de territorialidad de la fuente porque creemos que un país con las características de Uruguay, que es importador de capitales que necesita de inversiones extranjeras directa, más conveniente o el más justo. Estamos al cumplimiento de estándares internacionales en materia de transparencia fiscal y en materia de estar estándares internacionales de fiscalía aceptados. Algo que me gustaría destacar es que en la evaluación que hace la Unión Europea, dentro de los criterios de transparencia y de cumplimientos de estándares internacionales Uruguay dice expresamente en la evaluación que los cumple a cabalidad. Es verdad que dentro de 50 años vamos hacia un sistema tributario totalmente globalizado y unificado. Uruguay entiende que en este momento que el mejor criterio de imposición es el que ha implementado hoy y que se implementado hace más de 50 años que es el principio de territorialidad de la fuente que grava lo que se genera en el Uruguay.  Vamos a tratar de mantenerlos sin incumplir los estándares fiscales en materia internacional.


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