Poder Ejecutivo reglamentó la Ley de Teletrabajo

El Poder Ejecutivo reglamentó la ley de Teletrabajo, que había sido aprobada en el Parlamento en agosto del año pasado. En la reglamentación el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social profundiza en algunos aspectos de la ley que quedaban por determinar, como los casos en los que aplica la norma, el régimen híbrido de teletrabajo, los períodos de desconexión y la entrega de las herramientas necesarias para los empleados.

La reglamentación de la Ley de Teletrabajo

Lo que hace es dar una vuelta de tuerca en cada tema planteado en la ley. La esencia del teletrabajo es una modalidad compleja en sí misma. Por eso creo que en Uruguay pasó lo que pasó. Cuando los países ya habían avanzado en tener una reglamentación, Uruguay hace más de 10 años que tenía este tema en el tapete. Ha habido distintas iniciativas, pero el debate se había eternizado. Llegó la pandemia y nos encontró sin un macro de derechos y obligaciones.

Una de las cuestiones que establece el decreto reglamentario tiene que ver con qué tiene que estar en el contrato. En nuestro derecho, los contratos laborales tienden a ser esencialmente verbales. Es un tema incluido en la ley, pero que había levantado un cierto reparo. Decían que está a contrapelo con la esencia de nuestro derecho laboral. Nos pareció importante que quedara por escrito.

¿Qué es lo que dice? Por ejemplo, la constancia de voluntariedad de ambas partes, el lugar desde donde se trabaja, en el caso de que haya registro de asistencia, cuál va a ser esa modalidad, el derecho a la desconexión. Después, tiene que ver con el cambio de modalidad. Acá hay dos escenarios: uno de ellos, donde se contrata un trabajador y en un momento de pasa al teletrabajo. ¿Qué decía la ley? En el caso que se pase al teletrabajo, siendo el vínculo inicial como vinculo presencial, se tienen 90 días que se pueden llamar como período de prueba. Puede suceder que uno pase a teletrabajar y tenía una idea de cómo iba a ser y no se halló. O a la inversa, no le sirve al empleador el teletrabajo.

Lo otro tienen que ver con la jornada laboral de los temas más controvertidos. Estaba la posibilidad de ceñir el teletrabajo a las mismas 8 horas que las presenciales. Yo me oponía. He tenido muchas conversaciones con trabajadores jóvenes y de distintos rubros. ¿Cuáles son las dos cosas que más se valoran? La flexibilidad de poder trabajar de distintos lugares, y lo otro, donde realmente pierde la gracia, es decir de trabajar las mismas 8 horas que las que se trabaja presencial. Algunas voces decían que exceptuemos de la limitación de la jornada. Nos parecía que no era el camino adecuado, que está el riesgo del trabajo sin fin que es importante limitarlo, pero si nos ceñíamos a las mismas 8 horas de presencial estamos subutilizando una herramienta y estábamos yendo en contra de lo que quieren los trabajadores. Esto en definitiva está contemplado en el decreto.

El registro de asistencia y la posibilidad de acceder al teletrabajo

Está lo que tiene que ver con el registro de asistencia. Hay trabajos donde no se controlan las horas. Muchos de los trabajos que se pueden trabajar en teletrabajo que muestra un porcentaje menos de trabajos que se puede teletrabajar. Entran diferentes cuestiones, que tienen que ver con el nivel educativo, donde muchos no tienen la posibilidad de trabajar de forma remota. Hay un conjunto de trabajos donde va a existir un horario y un registro de asistencia y en esos casos es que no sea invasivo de la intimidad del trabajador.

La salud y seguridad ocupacional

Es un tema complejo de la modalidad en sí misma. Yo creo que el teletrabajo como modalidad impone a todas las partes la exigencia de reglamentarse. Muchos de los trabajadores no van a estar más en el ámbito del empleador.

Siempre van a haber trabajos que no son teletrabajables. Si bien en el 2016 había 100mil teletrabajadores, ¿qué pasa? Había mucho reparo en que en ciertos rubros no se puede teletrabajar. Tiene muchas ventajas, en cuanto poder  combinar vida profesional y personal, el ahorro en transporte. Sin embargo, en Uruguay pre pandemia aún no había tenido el salto fuerte. Creo que luego de la pandemia el mundo laboral no va a volver a ser nunca lo que era antes.

Las ventajas de la flexibilidad que permite el teletrabajo

Lo que dice el decreto en relación a eso, responde a que se van a sentar a negociar empleador y trabajador. En la mayoría de los trabajos hay un lugar central de teletrabajo y uno o dos lugares como plan B. Habrán empresas que digan que no quieren asumir el riesgo que trabaje en la cafetería de la esquina y habrá empresas que si quieran asumir el riesgo. Lo que establecía la ley es que las partes acordaran el tema de los insumos y demás. Lo que el decreto especifica es que tiene que ser para uso exclusivo del trabajo. Es otro de los temas que es sensible.

Otro tema que me parece importante ponderar, es que hay una tensión clara y evidente entre lo que uno desearía para los trabajadores y lo que dicen los empleadores. Muchas empresas me decían que si la ley exige que además le compre a todos una laptop lo que va a suceder es que no voy a poder dejar que teletrabajan porque no voy a poder afrontar el gasto.

Se pierde un poco en la discusión de que en definitiva la voluntad del trabajador de elegir la modalidad de trabajo. En todo vínculo laboral hay un desequilibrio, pero volviendo al tema del perfil de los trabajadores, en Uruguay tienden a ser personas con un nivel de formación más elevado, se manejan en sectores donde el desempleo es mucho menor. No es una brecha como puede ser en otros sectores de trabajo.

Porcentaje de teletrabajo

Yo creo que el porcentaje de teletrabajo total en Uruguay no tenemos mediciones, pero tiende a ser un porcentaje menor. La mayoría de las personas tienen una combinación, el sistema hibrido. Así como vimos en la pandemia, que tiene muchas ventajas, en lo presencial hay algo que es insustituible.

Lo que tiende a suceder en general es algo que tienden a preferir más los trabajadores que los empleadores. Creo que tiene que ver y responde a algo que es parte de nuestra idiosincrasia de poder controlar al trabajador viéndolo.

Las cuestiones de trabajo por objetivos, por resultados. La modalidad de trabajo que tenemos muchos hace mucho tiempo todavía en Uruguay es disruptiva en el 2022. Es un desafío para el sector privado y el público. Hay muchas cuestiones asociadas al teletrabajo que no necesariamente son del teletrabajo en sí mismas.

Empresas internacionales que contratan uruguayos de forma remota

En definitiva, es nuestra legislación nacional. Algo que no aclaré es que escuché en los inicios de la discusión era esto de que la pandemia y la certeza de que vamos a volver a un mundo mucho más híbrido, en nuestro país les daba a las empresas mucha incertidumbre de expandir sus operaciones en Uruguay por miedo de que no haya una legislación balanceada. En el caso de Argentina, me parece que no es balanceada y lo que termina haciendo es coartar a los trabajadores inhibiendo el teletrabajo.

Esto requiere una cierta madurez y buena fe en definitiva. Todo lo que tiene que ver con los accidentes es lo mismo que sucede hoy con el servicio doméstico. Si bien creo que la esencia del trabajo es muy diferente es un antecedente en nuestro derecho. También está el trabajo de las costureras, donde el trabajo se realizaba en el domicilio del empleado.

Flexibilización de la jornada laboral de 8 horas y la posibilidad de la jornada laboral de 4 días

Tenemos que tener el período de 8 horas de desconexión entra cada uno de los días, que limita la jornada de 18 o 20 horas. El decreto habla de los tiempos de descanso intermedios y generales. Creo que hay países que tienen la cultura de que el trabajo es el trabajo y van como soldaditos. Me da la impresión de que en Uruguay creo que esa discusión está un poco lejos.

Si el empleador quiere revertir. Hay una diferencia. Si se inició de manera de teletrabajo, tiene que contar con un acuerdo. Si empezó presencial hay un período de prueba de 90 días, porque puede suceder que alguna de las dos partes entienda que le está funcionando. Habrá que negociar si al trabajador le funciona, pero para el empleador no. Yendo a lo que dicen los empleadores, el trabador que trabaja bien en modalidad presencial, trabaja bien de forma remota. Si está teletrabajando implica un riesgo mayor. No se nace sabiendo teletrabajar, requiere adaptación, disciplina y encontrar un método. Lleva un tiempo adaptarse al nuevo rol. Han surgido muchas aplicaciones para ayudar a organizar el trabajo en la virtualidad.

La intención de revisar el artículo 74 de la LUC

Primero decir que respaldo firmemente la LUC y la esencia de los artículos de esencia de seguridad. Precisábamos un cambio de rumbo. Estábamos en una situación compleja de inseguridad. Había una sensación de la ciudadanía de una enorme inseguridad. En particular,  vengo hace mucho tiempo trabajando en el sistema penitenciario y trabajo en los temas vinculados a la infancia. Lo que tiene que ver con algunos artículos de mujeres con hijos a cargo, la idea es revisar que modificaciones se pueden hacer, pero sobre esto puntual. Tenemos un porcentaje de niños y adolescentes institucionalizados y terminan por trayectorias por centros del Estado. Sabemos lo que implica la falta de la contención familiar, lo que implica en la psiquis de los niños y cómo eso afecta y compromete el futuro de estos niños. Esto es algo que se tiene que trabajar con todo el sistema político, para abordar este problema muy puntual. Lo que tiene que ver con las cárceles en este país, no es de ahora. Llevamos décadas con este tema tan complejo.

No me sentiría cómoda diciendo "esto es lo que vamos a hacer". Hay varios artículos vinculados a este tema. Estamos en ese trabajo. Nosotros respaldamos la mayoría de los artículos de seguridad. Esto no implica para ningún cambio de rumbo ni mucho menos, refiere a algo muy puntual. Lo vamos a estar trabajando más allá de la LUC. No es que la solución pase por repasar alguno de los artículos impugnados. Hay mucho para hacer desde mi perspectiva de mejorar la articulación de la sociedad civil-estado. Es muy difícil de ser muy buen proveedor de servicios.

Me asombra cuando visito las cárceles el nivel de compromiso. Creo que se están haciendo muy grandes. Yo creo que tenemos un nivel desigual. Tenemos algunos ejemplos donde se está haciendo trabajo de rehabilitación muy bueno, y en otro que no. A todos nos gustaría que mejore a un ritmo más rápido, pero es un desafío titánico y cualquiera que visita las cárceles dimensiona el problema, porque el problema comienza antes de que ingresen a las cárceles. Siempre se habla de que cuanto antes se invierta un dólar, más rinde. Lo que se invierte en las cárceles ya es tarde en la vida de estas personas.

Yo creo que hay mejoras significativas, pero se necesita mucho más trabajo en el trabajo de antes. Es en la educación donde hay que apuntar.

Carmen Sanguinetti sobre la ley de Teletrabajo: "Nos adherimos a la línea de una ley de mínima que cubriera los derechos y obligaciones de ambas partes"

La senadora del Partido Colorado conversó sobre las características de la ley de Teletrabajo que fue aprobada por el Parlamento. También habló sobre la importancia de regular la modalidad de trabajo virtual, las críticas de la oposición por la ley y las garantías para empleados.

Regularización del teletrabajo

La realidad es que se introdujeron algunas modificaciones en diputados. Es importante rescatar el espíritu de la legislación y poner en contexto en donde está Uruguay en esto. En Europa en 2002 tuvo un acuerdo marco que regulaba. En Uruguay desde el 2009, que este tema está en el debate, sin embargo no habíamos dado este paso. Llegó la pandemia y nos encontró en este marco regulatorio. Era algo que estaba totalmente lejos de la realidad. El espíritu de esta ley es una ley de mínima, nosotros tuvimos la posibilidad justamente porque llegamos  tan rezagados con respecto al mundo de hacer un análisis de la legislación comparada cuál fue el camino que los distintos países tomaron para regular el teletrabajo.

Nos adherimos a la línea de una ley de mínima que cubriera los derechos y obligaciones para ambas partes, fundamentalmente todo para el empleado, que es la parte más débil de un  vínculo laboral, pero no queríamos ir al extremo detalle. En diputados se agregaron algunos detalles que no cambia para nada la esencia del proyecto de ley. El artículo 8 es uno de los cambios, que refiere a la jornada laboral y fue uno de los artículos más discutidos. Tuvimos algunas cámaras empresariales que nos amparamos en el decreto 611 del año 1980 y esto implicaba que la modalidad de teletrabajo quedara exceptuada en la limitación de tiempo trabajado por los teletrabajadores. Nosotros entendimos que ese no era el camino, pero tampoco nos parecía una buena cosa ceñir el teletrabajo a las 8 horas que tenemos hoy porque uno cuando uno conversa con los teletrabajadores y les pregunta que pasó durante estos 16 meses de trabajo en esta modalidad, te dicen que valoran muchísimos la posibilidad de trabajar desde muchísimos lugares y la posibilidad de acomodar libremente los horarios. Cómo hicimos para limitar el tiempo limitado usamos el cómputo semanal, 44 y 48 horas según el tipo de actividad y en definitiva por encima de esas horas trabajadas se pagarán las horas extras como en cualquier otra actividad.

Desde la oposición el argumento fue que esto precariza o detrimento de los intereses de los trabajadores, yo discrepo profundamente con esta visión. Con quien tuvimos más discusión fue con el senador Andrade, con quien durante 6 meses discutimos estos temas en la Comisión de Asuntos Laborales del senado.

El mundo pospandemia será un mundo híbrido, los trabajadores lo que desean es volver hacia un mundo que combina virtualidad y presencialidad, porque hay algo que sucede que cuando estamos todos juntos en un mismo lugar y momento, ni que hablar los procesos creativos, resolver problemas complejos y eso es muy difícil de sustituir en la virtualidad, no digo imposible. Todos valoramos muchos cuando estamos en un mismo espacio de trabajo, pero la realidad es que hay un montón de cuestiones que tiene que ver con el trabajo que da lo mismo.

Pienso en mi rol como legisladora, por supuesto tengo que estar largas horas en el Palacio Legislativo, pero luego desde dónde estudio el derecho comparado o desde dónde pulo la redacción de proyecto, eso no me importa.

El principio básico del teletrabajo es un principio que se tiende olvidarse. Quienes deseen trabajar las 8 horas desde el lugar físico que emplea el empleador, lo pueden seguir haciendo. Este proyecto es para que el empleador desee esta posibilidad y pueda hacerlo.

Coincido que probablemente necesitando mirando más con lupa lo que está pasando, estamos en un momento de poner a pensar y debatir estos temas, pero más allá de la discusión seguro que para esta modalidad tenemos que pensar darle la posibilidad de acomodarle los horarios al trabajador.

Tiene tanto enormes ventajas como riesgos y desafíos. El teletrabajo es una modalidad tiene cantidad de desafíos y para muchos tienen más ventajas que desventajas y por eso lo eligen. Esto vino para quedarse y pensamos que es una legislación muy buena. Es mejorable, entendemos que es una buena ley y entendemos que estamos dando una buena señal.

Acá es importante tener en cuenta la discusión laboral. Hoy lo que estamos en vínculos laborales que se iniciaron de manera presencial, lo que se le está dando al trabajador la posibilidad de elegir la modalidad de teletrabajo. La reversibilidad es otro de los principios rectores, ya que una persona puede cambiar debido a su realidad y que su realidad pueda estar contemplada.

El mundo está cambiando y el mundo normativo se tendrá que acompasar a esos cambios. Van haber llamados que contemplarán la modalidad. En el mundo entero están estudiando estos temas y se maneja el concepto de que se viene un mundo híbrido. Una modalidad de trabajo que implique tres días de trabajos virtuales y dos físicos, por ejemplo.

Uruguay por suerte es una larga historia de apertura al mundo y vivimos en un sistema global, que cada vez es más global y debemos mirar las tendencias y no desconocerlas. Entendimos que para proteger los derechos y obligaciones de las dos partes, debemos ir por este camino.

Provisiones por parte del empleador al empleado

En el tema de las tensiones e intereses, si fuera legisladora en Finlandia, hubiera puesto una cláusula que el empleadores tengan que ocuparse de todo, porque en otros países con otras realidades empresariales, las empresas tienen las espaldas anchas para poner esto en práctica. Durante estos 16 meses, las conversaciones que he tenido, un ejemplo con la CUTI, que tiene mayor incidencia y mayor posibilidades de teletrabajar, la CUTI lo que nos dice es que de las 390 empresas, 350 son pequeñas y medianas empresas. He tenido infinidad de conversaciones con pequeñas y medianas empresas que me dicen que a los 17 empleados que tengo además de la computadora fija les tengo que comprar una laptop, lo que va pasar es que no les voy a poder permitir la posibilidad de teletrabajar. Entonces, hay empresas multinacionales que pueden cubrir todos esos costos, bienvenidos sean, pero no es la realidad de nuestras empresas. Habrá empresas que lamentablemente no van a poder brindarle esta posibilidad a los trabajadores y probablemente haya trabajadores que elijan sus computadoras para poder teletrabajar porque no debemos perder de vista que esto es muchas veces porque el trabajador lo elige. Habrá que ver cómo la reglamentación pule esto y hoy lo que dice es que en caso de desacuerdo el empleador tendrá que hacerse cargo de las herramientas e insumos.

Según COFE es muy bajo el porcentaje de trabajadores que están realizando teletrabajo

Para la organización, esto se debe a que los jerarcas de algunas dependencias no han tomado las medidas necesarias.

COFE sostiene que el teletrabajo plantea dificultades para los trabajadores, pero reconocen que se trata de una medida oportuna en este momento de pandemia y consideran que debe reforzarse su implementación.

El gobierno planteó que empleadores y trabajadores acuerden horarios flexibles y prioricen el teletrabajo para padres que no tienen con quién dejar a sus hijos 

Álvaro Delgado reiteró que el gobierno no quiere dar el año educativo por perdido.

En el gobierno exhortan a que empleadores y trabajadores acuerden priorizar el teletrabajo para personas que tienen niños menores a su cargo.

“Lo básico son los acuerdos. Los acuerdos entre trabajadores y empleadores para establecer horarios más flexibles. En el mundo no hay una solución planteada. Lo estudiamos y no existe una gran respuesta general”, dijo

La medida de aislamiento social hizo que los niños no asistan a clases.

Eso genera dificultades a padres que salen a trabajar y no tienen con quién dejarlos.

Álvaro Delgado reiteró que la decisión de reiniciar las clases es sanitaria y política, con asesoramiento de los científicos que monitorean las actividades que se abren.

"El procedimiento es: se abre determinada actividad, con determinados protocolos, con determinados cuidados, con el tema salud ocupacional”.

El gobierno no quiere dar el año por perdido.

Las autoridades de la enseñanza planifican un protocolo de vuelta a clases progresivo, que puede combinar la educación a presencial y a distancia.

Hasta ahora solo fueron habilitadas las clases en las escuelas rurales.

“Hay varios escenarios planteados para adelante. Este no va a ser un año perdido. Seguramente la mala noticia para los gurises es que las vacaciones como tales no se den”.