¿Cómo se establecen los años de pena para un menor que comete un delito gravísimo? ¿Es posible su rehabilitación en cinco años?

Entrevista a Juan Fumeiro, del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.

¿Cómo se establecen los años de pena en el caso de los menores?

Eso está regulado por el Código de la Niñez y la Adolescencia que establece el procedimiento y los plazos. Para un delito gravísimo el máximo de privación de libertad es de cinco años. Se trata de adolescentes entre 13 y 18 años que evidentemente están en una etapa de desarrollo. Una privación de libertad en esa franja etaria no es lo mismo que para una persona que está en la vida adulta.

¿Es esperable que un adolescente que cometió determinado delito se rehabilite en ese tiempo?

Sí. Si existe una intervención adecuada, la rehabilitación es posible, de eso se trata. El Instituto de Inserción Social Adolescente trabaja con ese adolescente y elabora un proyecto de vida que le permite corregir sus desajustes.

¿En todos los países ese es el máximo de pena para los menores de 18?

No. Hay casos como Costa Rica que tienen una pena máxima de diez años de privación de libertad. Pero tiene índices de privación de libertad muy por debajo en comparación con nosotros. Yo creo que no está en la cantidad de años, sino  en cuál es la gestión que se tiene con el adolescente. Tiene que ver con si hay una intervención adecuada y si se trabaja con el adolescente, si tiene apoyo de la familia y si tiene condiciones laborales. El tejido social tiene que apoyar ese egreso. Hay que generar una articulación adecuada para que cuando cumpla la pena, tenga herramientas para poder insertarse socialmente de manera correcta y evitar que el adolescente vuelva a la misma situación.

¿Cómo debería ser el tratamiento con este joven que asesinó a Inti, que como dijo su madre tiene problemas desde niño y ha tenido tratamientos terapéuticos?

Es una pregunta difícil, son casos excepcionales. Tenemos conocimientos de que ya hubo intervención, estuvo sometido a tratamientos terapéuticos sin el resultado esperado. Cuando cumpla su condena está en condiciones de egresar del sistema. Ahora hay que ver qué evolución tiene con la terapia a la cual se someta. Hoy por hoy es muy difícil predeterminar qué va a pasar con él dentro de cinco años. Como no es una situación común, es difícil prever y tomar decisiones adecuadas.

¿Existe en el marco de la jurisprudencia uruguaya qué hacer con casos como este?

Son situaciones excepcionales. Habría que ver si existen antecedentes, en lo que a mí respecta no tengo conocimiento de una situación parecida y de cuál fue la intervención. Lo que sí, para situaciones que no revisten esta gravedad también se han encontrado dificultades en lo que tiene que ver con quién es el prestador de servicio. A los adolescentes infractores hay una resistencia de los operadores privados de brindar un servicio adecuado, todavía no se ha logrado que las instituciones asuman esos tratamientos, queda todo liberado en manos de la salud pública. Allí hay que trabajar porque en el marco del SNIS todos los hospitales tendrían que tener condiciones adecuadas para este tipo de situaciones.


Las Más Vistas