Consumo de marihuana: autocultivo, membresía o farmacias

Se establecerá un registro para que nadie acceda a más de 40 gramos mensuales, pero se utilizará un mecanismo para que se pueda resguardar la privacidad del consumidor.

A partir de esta ley Uruguay permitirá cultivar hasta seis plantas de marihuana por cada hogar. Se podrán producir hasta 480 gramos por año por persona. El director de la Junta Nacional de Drogas, Julio Calzada, explicó: “si en un hogar hay cuatro personas adultas podrán tener hasta seis plantas y si hay un adulto podrá tener una planta”.

En la calle no se podrá portar más de 40 gramos y bajo ningún concepto se podrá vender lo que se produzca. Todavía no está claro si solo se podrán plantar semillas que importe el Estado o si se habilitarán las que ya estén usando los consumidores.

Habrá otras dos formas de acceder al cannabis, con un máximo de 40 gramos por mes. Una de ellas es los clubes de membresía, que podrán tener entre 15 y 45 miembros y un máximo de 99 plantas. La otra forma será en puestos de venta en farmacias que adhieran al sistema. La reglamentación deberá determinar como se otorgarán las licencias a privados para que cultiven la marihuana y cuál será el sistema de distribución en farmacias o clubes.

Regirán restricciones similares a la del alcohol: no podrán consumir marihuana los menores de edad ni los mayores que vayan a conducir vehículos.


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