Habilita que los Bancos reduzcan el tiempo de atención presencial siguiendo los lineamientos del Poder Ejecutivo para evitar la propagación del virus.
Atenderán al público un mínimo de cuatro horas diarias en un tercio de cada uno de los departamentos y deberán asegurar la operatividad de las redes de cajeros automáticos.
Las instituciones que reduzcan sus locales y horarios deberán informar a sus clientes sobre los canales alternativos para la prestación de los servicios.