El juez que firmó la excarcelación de los procesados en el caso Fioritto consideró en su sentencia que la prisión cumplida “es suficiente”

Fiscalía de Corte había pedido un informe tras las excarcelaciones de 15 de los 16 involucrados.

Para el juez Humberto Verri “no se observa posibilidad, a esta altura del proceso, que el enjuiciado pueda obstaculizar el curso del proceso o entorpecer la actividad probatoria.…”

El juez que otorgó la excarcelación consideró “suficiente” la prisión cumplida por los procesados. Ellos estaban en prisión esperando una sentencia, y este juez consideró que podían hacerlo en libertad porque no iban a entorpecer la investigación.

Esto argumenta el juez Verri para la excarcelación de los procesados, y como medida sustitutiva a la prisión, se los obliga a permanecer en su domicilio desde las 20:00 del viernes y las 8:00 del lunes durante tres meses.

La Fiscalía de Corte pidió un informe a la fiscal de Las Piedras, Alba Regueira, tras la liberación de 15 de los 16 procesados por el crimen del hincha de Peñarol Hernán Fiorito en 2016.

El fiscal de Corte adjunto, Ariel Cancela, le solicitó información a la fiscal para conocer su actuación en el caso. De todas formas, la decisión tomada no puede ser apelada por Fiscalía.

Regueira pidió la libertad en base al artículo 235 del Código del Proceso Penal, que sostiene una de las causales para cesar la prisión preventiva es que “hayan transcurrido más de dos años contados desde el momento efectivo de la privación de libertad y aún no se haya deducido acusación”.

Dos fiscales dijeron a Telemundo que discrepan con el dictamen.

La fiscal Mónica Castro, que procesó a los acusados en 2016, dijo a Telemundo que la decisión le causó indignación. En el pasado, la Fiscalía había negado varias veces su libertad.

Su fiscal adjunta, Fabiana Pereyra, también estuvo en desacuerdo. Entiende que el argumento jurídico al que suscribió Alba Regueira no se aplica a esta causa porque debe regirse por el viejo código.

Sin embargo, entiende que ella es la fiscal legalmente competente y, como titular de la acción penal, no hay argumento para apelar.

Pereyra confirmó que había recibido varios pedidos de los imputados para recibir el beneficio de salidas transitoria para estas fiestas, pero que en todos los casos se expidió en forma negativa.


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