En el Plan Juntos se definió que solo podrán participar aquellos hogares que se encuentren bajo la línea de pobreza.
El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial podrá declarar la emergencia habitacional en asentamientos irregulares. Hará una intervención en el lugar que no podrá superar los 24 meses y se podrá ampliar por única vez durante un lapso de 12 meses.
Esa intervención implica la realización de obras de infraestructura y mejoras edilicias, regularización de la titularidad de la tierra y el fomento de la integración de las familias participantes y su entorno, según dice el artículo 431 del Presupuesto.
En cuanto los beneficiarios del Plan Juntos, se limita quienes podrán participar del plan y además el presupuesto incluye una nueva causal de egreso de esas unidades y es la de atentar gravemente contra la convivencia pacífica con los vecinos, tales como la configuración de hechos delictivos contra la persona o bienes de otros participantes.