Juez que dispuso que alumna sea promovida dijo que el colegio afecta la "expectativa de avanzar" de la niña

"No se la puede someter a una frustración cuando la carencia es de ellos".

El juez que promovió a una niña cuando su maestra había resuelto que repitiera aseguró que es el colegio quien debe hacer la autocrítica. En el fallo, el magistrado afirmó que la repetición de grado era una decisión ilegítima que afectaba los derechos de la niña.

Los padres de la niña argumentaron que la repetición en 4º año en el Colegio Santa María era ilícita, por ser violatoria de la trayectoria educativa.

Afirman que todos los informes técnicos fueron dejados de lado y no se tuvo en cuenta la opinión de los técnicos ni de la neuropediatra tratante. Consideran la repetición como una invitación poco elegante a cambiar de colegio.

En respuesta, el colegio señaló que no se vulneró el derecho de educación y mucho menos la trayectoria educativa de la niña. Se la ayudó en sus dificultades y se solicitó apoyo técnico. Hubo avances, pero el nivel sigue estando por debajo del nivel del grado que cursa, se señala.

Tras escuchar a varios testigos, el juez Gerardo Álvarez considera que hay indicios que permiten concluir que se arribó a una decisión clara y manifiestamente ilegítima que afecta el derecho de la niña a la educación.

Lo que se afectó, dice el juez, es la razonable expectativa de seguir avanzando en su educación y preparación.

No surge elemento alguno que permita concluir que la menor se encuentra incapacitada para hacer frente a 5º año escolar.

Afirmar de antemano que no lo puede hacer es inaceptable y discriminatorio, dice el magistrado. Agrega que el déficit atencional y cierto grado de dificultad motriz no puede ser utilizado como lo hace la institución para impedir que avance en su educación escolar.

Es el colegio quien debe hacer autocrítica en cuanto a que el niño no debe estar al ritmo que marque la institución, sino que ella debe implementar un abordaje para estar al ritmo del niño, agregó.

No se puede someter a un niño a una frustración tan grande como lo es la repetición cuando la verdadera carencia es de la institución, sostiene el juez.

Por todo eso hizo lugar a la demanda y dispuso que sea promovida a 5º año.


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