“En la medida que el resultado de la espirometría es positivo, es indudablemente un factor a tener en cuenta", dijo el abogado Jorge Barrera.
El abogado Jorge Barrera, representante de dos de las personas que fueron atropelladas por una joven de 28 años que conducía alcoholizada frente al Antel Arena, indicó que es “muy contundente la cantidad de evidencias” presentadas por la Fiscalía al momento de solicitar la imputación, algo que sucedió este lunes. A juicio de Barrera, la mujer “actuó con dolo eventual” y también “omisión de asistencia”.
Este lunes, la Justicia imputó por lesiones graves y personales y omisión de asistencia a la mujer que atropelló a cuatro personas frente al Antel Arena el pasado setiembre. Todo sucedió en la noche, sobre las 23:30 horas, cuando comenzaba a darse la salida de la gente que había asistido a un show. Entonces, la joven, que circulaba alcoholizada en una camioneta, despistó y embistió a varias personas que estaban en esa zona. Era la única ocupante del vehículo. Tras lo sucedido, se fugó del lugar, pero luego se presentó en la seccional 13, donde se le realizó una espirometría que arrojó 0,34 miligramos de alcohol por litro de sangre. Ahora fue imputada con arresto domiciliario nocturno por 120 días y deberá presentarse en la seccional policial.
En entrevista con Telemundo, la abogada de la joven, Florencia Tucuna, señaló que tienen “algún reparo” en el caso de la imputación del delito de omisión de asistencia.
Consultado al respecto, el abogado Barrera consideró que sí se configura ese delito. “Mis clientas iban caminando por la vereda y no puede imputársele responsabilidad alguna por ir caminando por la vereda y que un vehículo les generara lesiones graves, de las cuales una sí pudo participar en la audiencia de ayer, y otra sigue en recuperación y no tuvo la posibilidad de estar presente. No cabe la menor duda de que el trabajo de la fiscal Patricia Rodríguez fue arduo, con un celo importante por darle garantías a todas las partes”, dijo.
“Es muy contundente la cantidad de evidencias que existen de que es atribuible conducta al accionar humano, es absolutamente claro que quien conducía el vehículo no solamente actuó con dolo eventual, que no es culpa, sino que además la omisión de asistencia está en que el Código Penal establece dos obligaciones, la de dar cuenta a la autoridad policial y prestar asistencia; retirarse del lugar y volver a los 40 minutos no creo que sea una conducta que uno pueda decir que está acorde a lo que nuestro ordenamiento jurídico establece como mandato para las personas que por un deber mínimo de solidaridad… uno puede entender que esté en shock, que haya circunstancias que no son las comunes y corrientes, pero todo esto no se hubiera dado si alguien que va caminando por la vereda es embestido y se protagonizó una situación muy difícil”, agregó.
A modo de ver de Barrera, “el proceso penal recién empieza” y “la formalización fue muy bien fundamentada e implica que a partir de ahora hay tres posibilidades: una salida extraprocesal, de acuerdo reparatorio; un juicio abreviado, en el que haya un acuerdo de la pena a cumplir; y un juicio oral y público”. “Me parece que con lo avanzado que está la investigación, hay elementos muy contundentes y sólidos que la fiscal llevó adelante, inclusive la formalización no fue rechazada, fue admitida por parte de la defensa de la imputada”, dijo.
Además, también remarcó que la espirometría de la joven haya dado resultado positivo: “En la medida que el resultado de la espirometría es positivo, es indudablemente un factor a tener en cuenta. Que ya le había sido la libreta anteriormente va a incidir notoriamente en el tiempo de la parte administrativa, porque no es lo mismo la primera vez que cuando uno tiene una reiteración, la obligación de no conducir va a ser por un tiempo superior. Esto muestra un patrón de conducta que no es el mismo que si nunca hubiera tenido una sanción”.

