La Junta de Montevideo aumentó las multas por violación de medidas contra el Covid en locales de espectáculos públicos

A pedido de la Intendencia los montos se incrementaron más de un 100 %.

El nuevo decreto considera “falta grave” y “objeto de clausura” el incumplimiento de las medidas y disposiciones sanitarias tendientes a combatir las epidemias, con multas que pueden llegar a 350 UR, es decir, 450 mil pesos.

Por falta de habilitación de locales de espectáculos públicos, la multa base aumenta de 4 UR a 10 UR; mientras que, por la no obtención del permiso, aumenta de 4 UR a entre 8 y 20 UR, dependiendo de si es un baile ocasional por reunión familiar, discoteca o espectáculos en vivo, u otras categorías.

En caso de exceso en la capacidad locativa, si bien se mantiene la multa, la reincidencia determinará la clausura por 7 días corridos; a la siguiente será por 30 días, luego 180 días y en la quinta infracción se procederá a la clausura definitiva y la revocación de las habilitaciones del local.

Por falta de higiene, mal funcionamiento de baños o acceso incómodo, se pasa de una multa de 2 UR a una de 10 UR, y por falta de ventilación e higienización del local, se pasa de 4 a 10 UR.

También aumentaron las multas por incumplimiento de horarios de funcionamiento, de entarimados y disposición de mesas y sillas, emisión de música, y otras infracciones no vinculadas a la prevención del COVID 19.

Ante casos de resistencia a la inspección, intervención, intimación o cualquier acto relacionado a eludir su cumplimiento, se multará con 54 UR.


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