La ley 19.055 estableció un régimen especial para adolescentes infractores de entre 15 y 18 años

Se aprobó durante el gobierno de José Mujica tras un acuerdo multipartidario.

La ley 19.055 modificó los artículos 72 y 76 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Se aprobó en enero de 2013 durante el gobierno de José Mujica, tras un acuerdo multipartidario en 2011, cuando empieza a tomar relevancia la discusión sobre adolescencia infractora y la baja de la edad de la imputabilidad.

La ley establece la prisión preventiva de hasta un año a los adolescentes de 15 a 18 años que hayan cometido delitos graves y gravísimos como homicidio, rapiña, secuestro, extorsión, violación y tráfico de estupefacientes.

También establece el registro nacional de antecedentes penales para los adolescentes en conflicto con la ley.

El exministro de la Suprema Corte de Justicia Ricardo Pérez Manrique aseguró en ese momento que la ley era inconstitucional y calificó de “invento” la normativa que establece el mantenimiento de los antecedentes una vez cumplida la mayoría de edad.

El magistrado la calificó como la “ley la pasiva”, porque consideró que era una respuesta del poder ejecutivo a la repercusión que tuvo el asesinato de un empleado en mayo de 2012. “

En aquel momento personalidades del ámbito judicial como el fiscal Gilberto Rodríguez y el defensor de oficio Daniel Sayagués defendieron la normativa. Rodríguez entendió que deben darse garantías a la población y Sayagués consideró que la ley 19055 contribuyó a bajar los delitos.


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