La nueva Ley Orgánica Militar elimina el concepto de “obediencia debida” y obliga a denunciar órdenes contrarias a los derechos humanos

El proyecto reduce el número de oficiales superiores, establece licencias especiales y habilita la baja como sanción ante faltas muy graves.

El proyecto del Gobierno de 171 artículos ingresó a la Cámara de Diputados. Como se había adelantado reduce en un 20 % el número de generales, coroneles y capitanes de navío mediante un proceso gradual a medida que se generen vacantes y que no afecte el funcionamiento de cada fuerza.

La nueva Ley Orgánica Militar establece que los tribunales de honor sólo evaluarán la conducta desde un punto de vista ético-moral, y no de la “potestad disciplinaria”. Tendrán 180 días para emitir un fallo y el poder ejecutivo podrá someterlo a reconsideración. A través de un procedimiento administrativo se podrá decidir la baja militar de personal subalterno y superior por una falta muy grave, ineptitud, omisión o delito sin que ello constituya causal de retiro obligatorio.

La iniciativa establece que ningún militar deberá cumplir órdenes “manifiestamente contrarias a la constitución y las leyes o que impliquen una violación o ilegítima limitación de derechos humanos fundamentales”. Además no se podrá invocar el secreto militar cuando se pida información sobre violación a los derechos humanos.

El proyecto también fija licencias especiales por enfermedad, estudio, maternidad, paternidad, lactancia, matrimonio, duelo, donación de sangre u órganos, retiro o violencia doméstica.

Por último, los militares recibirán una prima por hogar constituido y asignación familiar, y compensaciones por matrimonio, concubinato, nacimiento o adopción.


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