Refugiados en Uruguay: procedimiento de entrada, derechos y obligaciones

Un informe presentado por Leonardo Silvera sobre un tema muy actual en Uruguay y el mundo.

¿Cuántos refugiados llegan a Uruguay? ¿Cuáles son sus derechos y obligaciones? En estos últimos tiempos se ha hablado mucho del tema, con la llegada de las familias sirias y de expresos de Guantánamo al país y con la crisis migratoria en Europa, un continente que recibe a diario a 3.000 personas.

Para conocer más de esta realidad, Leonardo Silvera presentó un informe en Telemundo. Uruguay tiene 375 personas refugiadas, de las cuales 297 ya tienen aprobada su solicitud. Desde fines del 2013 hubo un cambio en las solicitudes, ya que hasta ese año la mayoría venía desde Colombia y desde ese momento vinieron cada vez más desde África, Asia y Europa.

Con la Ley 18.076 se creó la CORE (Comisión de Refugiados), encargada de estudiar las solicitudes en conjunto con Acnur, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados, representado en Uruguay por Sedhu, una ONG del Servicio Ecuménico para la Dignidad Humana.

Un refugiado puede ser cualquier persona que llegue al país y piense que puede estar siendo perseguida por su etnia, su grupo social, su género, su raza, su religión, su nacionalidad o por determinadas situaciones políticas; también aquellas personas que hayan huido de su país por sentir que estaban amenazadas por su seguridad o derechos o libertades.

La solicitud se realiza en la frontera uruguaya, y el Estado está obligado a no discriminar, a no rechazar en la frontera y a no devolverla al país en que esa persona dice estar en peligro. Tampoco se sanciona el ingreso ilegal al país, se le debe dar la interpretación -en caso de diferencias de lenguaje- y el trato más favorable, y a mantener la confidencialidad.

Los derechos y obligaciones de un refugiado son las mismas de cualquier ciudadano. Tiene derecho a una cédula de identidad, a un título de identidad y viaje -es responsable de saber si requiere visa para viajar a otro país-, tiene derecho a reunificación familiar -a los familiares también se les da la calidad de refugiados- y tiene derecho a la ciudadanía legal, con la que pierde la calidad de refugiado. No tienen tratamiento diferencial ni prestación económica específica.

Hay que hacer la salvedad que los llegados de Siria y Guantánamo llegaron por programas específicos de Presidencia por los cuales sí se les ha dado dinero, pero la ley es clara cuando dice que el refugiado se debe ganar la vida por sí mismo y tiene los mismos derechos de asistencia social que todos los otros ciudadanos del país.


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