Ricardo Pérez Manrique estima que le tomará cerca de un año a la Suprema Corte de Justicia expedirse sobre la restitución de la niña a España

El expresidente de la SCJ dijo que no hay antecedentes de que se acepte el recurso de revisión ante una sentencia de restitución.

El artículo 24 de la Ley de Restitución de Menores indica “contra la sentencia de segunda instancia no se admitirá otro recurso”.

La sentencia firmada por las tres ministras del Tribunal de Apelaciones de Familia decía que la niña debía ser restituida a España, al comprometerse medidas cautelares de prohibición de acercamiento por parte del padre. Sin embargo, a pocos días de que se cumpliera con la sentencia, la defensa de la madre de la niña presentó un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia.

“Solo procesar el recurso de revisión generaría tiempos y consecuencias que el legislador no previó y no quiso”, dijo el expresidente de la SCJ Ricardo Pérez Manrique.

En este caso la Corte asume competencia a través de este recurso y definirá si cita a las partes y qué pruebas diligenciará. Luego hará audiencias de alegatos. Es la primera vez que se hace lugar a un recurso de revisión en una sentencia de restitución.

Pérez Manrique considera que será largo el proceso que inicia la Corte:

“Es un poco contra natura con lo que es el marco de un proceso de restitución porque significará no menos de diez meses o un año para ser resuelto”.

En el recurso de revisión el abogado de la madre argumentó que hubo colusión entre los abogados del padre y el defensor de oficio de la niña.

“Hay que tener en cuenta es que el defensor de la niña tiene la finalidad de defender los derechos de ella”, apuntó el expresidente de la SCJ.


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