Se promulgó el nuevo estatuto de los fiscales

El Poder Ejecutivo promulgó el 24 de enero de 2017 la ley que establece el nuevo estatuto de la Fiscalía. El Parlamento había aprobado la norma por amplia mayoría el 28 de diciembre.

En un comunicado la Fiscalía General de la Nación detalla algunos de los cambios que introduce el nuevo estatuto. En el nuevo proceso penal, los fiscales dirigirán la investigación penal y presentarán los casos en audiencias orales y públicas. Hasta ahora los fiscales se regían por una ley orgánica aprobada en la época de la dictadura y pensaba para la actividad de los jueces, no de los fiscales.

El nuevo estatuto establece con claridad los derechos y las obligaciones de los fiscales y otorga flexibilidad a la institución para acompañar las necesidades del servicio y la persecución eficiente de los delitos.

Una de las mayores novedades es que permite dictar directivas generales para unificar la política criminal del Estado. Esas directivas tienen alcance general, no para el caso concreto y deben ser comunicadas al Parlamento. Son elaboradas por un consejo honorario integrado por el fiscal de corte, un representante del Poder Ejecutivo, de la Universidad de la República, de la sociedad civil -que varía según el tema a tratar-, y de la Asociación de Fiscales.

Los fiscales pueden plantear objeciones fundadas y solicitar apartarse del caso.

El comunicado dice que todos los países que han sufrido reformas del proceso penal han modernizado también el estatuto de los fiscales.


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