Un decreto que elabora el Gobierno flexibiliza los requisitos para que jueces y fiscales penales porten armas

Además, elimina la prueba teórico práctica que actualmente deben hacer todos los postulantes.

El Ministerio de Defensa  y el Ministerio del Interior trabajan en conjunto en el decreto. Según el borrador al que accedió Búsqueda, para obtener el título de habilitación para la adquisición y tenencia de armas, el THATA, ya no será necesario que el postulante supere una prueba teórico-práctica realizada en la Jefatura de Policía de su domicilio.

Sí deberá presentar, como hasta ahora, un certificado de idoneidad en el manejo de las armas y de conocimiento de la legislación vigente, para lo cual tiene que aprobar un curso que se da en unidades policiales y centros, y al cual se pretende agregar a unidades militares.

Se establece también que integrar la lista de personas impedidas de ingresar a los espectáculos deportivos, será una nueva causal para denegar o cancelar el registro de un arma.

Ciertos funcionarios públicos podrán adquirir el THATA y el permiso de porte sin necesidad de presentar un certificado de aptitud física y psíquica ante la Policía: el presidente, el secretario y el prosecretario de la Presidencia, los ministros de Estado, los senadores y diputados, los intendentes y los ministros de la Suprema Corte de Justicia.

También el fiscal de Corte y los jueces y fiscales penales, hasta cinco años después de retirarse. Personal policial y los oficiales y suboficiales de Defensa retirados tendrán el derecho de portar arma corta, sin límite de tiempo; deben presentar un certificado médico que acredite su evaluación de aptitud cada cinco años.


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