Fiscalía recabará testimonios en el caso del hombre que afirma haber matado a su esposa porque ella se lo pidió

El hombre permanece en arresto domiciliario.

El fiscal Juan Gómez comenzará la semana que viene a recabar los testimonios de los familiares de la mujer de 96 años que fue asesinada por su esposo de 90.

El hombre permanece en arresto domiciliario a la espera del juicio, imputado por un homicidio especialmente agravado.

En la audiencia de formalización no se hizo lugar al pedido de la defensa de que se considerara homicidio piadoso que está previsto en el artículo 37 del Código Penal.

Para ello el fiscal debería haber planteado que se debatiera en un juicio oral y público, pero no encontró indicios de que hubiera una súplica reiterada de la víctima como establece la ley.

El testimonio de la vecina que estaba en contacto directo con el matrimonio no confirmó la intención de la víctima de terminar con su vida. Con la familia el fiscal mantuvo hasta ahora conversaciones informales.

En diálogo con Desayunos Informales, el fiscal apuntó:

El móvil de piedad y la existencia de suplicas reiteradas de la víctima, que en este caso no se avizoran ni están probadas. No hay indicios en la prueba testimonial recabadas que existieran esas súplicas por parte de la víctima.

Si el 4 de abril se reúne la familia de la víctima a festejar sus 96 años y nadie tiene ninguna noticia sobre esa existencia de súplica de que terminaran con su vida…. Me parece extraño que cinco días después todo hubiera cambiado.

La prueba testimonial de la escena del hecho informa de una pareja con las dificultades propias de la edad de cada uno, pero que tenía un buen relacionamiento. Ella tenía sus dificultades físicas, pero él también las tiene.

El artículo 37 prevé una facultad de los jueces; para que se dé, debió existir una formalización de la Fiscalía para la apertura de un debate en un juicio oral y público. Si la defensa insiste en la aplicación de ese instituto, que no cuenta con antecedentes, ahí sí será el momento. No basta con que una persona diga que la  mató por razones de piedad, sino que hay que acreditar una serie de situaciones que por seriedad y por el bien que estamos analizando debe tenerse presente y en cuenta.

Solicitamos un homicidio especialmente agravado. No advertimos otra figura en este caso. Tiene un mínimo de penas de 12 años de penitenciaría. Pero eso no supone que la persona deba ingresar a un establecimiento carcelario. La legislación prevé mecanismos de arresto domiciliario u otros tipos que dependerán de informes técnicos para establecer de qué forma se cumpliría.

El imputado fue periciado por peritos psiquiatras y es considerado plenamente consciente. Él sabe el disvalor del acto que cometió. En ese sentido, si como sociedad admitimos que quien sea pueda disponer de la vida de otra persona… creo que estaríamos en un error.

Para la familia fue un hecho inesperado. Las súplicas deben ser reiteradas. No basta con que yo una vez diga que estoy cansado de vivir y que me maten. El sistema no puede tomar esto como una situación normal.


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