Constitucionalistas discrepan sobre cómo Manini podría volver al Parlamento si es sobreseído o si cumple la pena

Martín Risso dijo que no requiere votación del Senado, y Correa Freitas afirma que necesita dos tercios de la Cámara.

La discusión sobre el desafuero de Manini Ríos, tuvo como agregado el planteo de José Mujica de que su eventual retorno si es desaforado requeriría mayoría especial.

Algunos legisladores ya han regresado a la cámara sin necesidad de ese trámite, pero los expertos no se ponen de acuerdo.

"Lo que dice la Constitución es que desafuero significa la suspensión de la persona para ser sometido a juicio, es lo único que sostiene la Constitución. O sea, si la persona en definitiva no es procesado, formalizado, es sobreseído o incluso si cumple la pena, vuelve automáticamente a su puesto", dijo Martín Risso.

"La Cámara no tiene la obligación de reintegrar a un legislador que fue desaforado. Una vez que suspendió el fuero, no hay ninguna obligación. La Constitución no dice nada, la Constitución lo único que dice es que el desafuero se decreta por dos tercios del total de componentes de la cámara respectiva. No está obligado el cuerpo a reintegrarlo", dijo por su parte Correa Freitas.

"Basta con que el legislador le presente al presidente del cuerpo la constancia de que se ha acabo del procedimiento penal para que vuelva, si quisiera igual que tome cuenta la Cámara, sería siempre por mayoría simple", agregó Risso.

"Yo entiendo que por el principio de correspondencia de las formas, así como  se exigen dos tercios de votos para decretar el desafuero, también se exigen dos tercios para poder disponer el reintegro del legislador", sentenció Correa Freitas.


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