Debate: ¿Qué cambios introduce la LUC en materia de vivienda y alquileres?

El próximo domingo serán sometidos, entre otros, 34 artículos del capítulo “emergencia en vivienda” de la Ley de Urgente Consideración. Estos puntos introducen un nuevo sistema de alquiler mediante contratos sin garantía, que establecen mecanismos de desalojo con tiempos reducidos y una minimización de los procesos. Desde el gobierno plantean que así se incentiva que los arrendadores ofrezcan sus propiedades para este sistema; y desde la oposición cuestionan que se hayan instaurado los “desalojos exprés”.

Etcheverry

Es un referéndum obligatorio y se habla de la derogación o no de 135 artículos en cuestión. Una diversidad de organizaciones entendió que son realmente perjudiciales. La mayoría de la gente te pide más información, se abre al diálogo.

No se derogan los artículos que definen al alquiler sin garantía. Lo que convocamos a derogar es el plazo del desalojo, porque son los que afectan la estabilidad de salir a alquilar. En vez de generar una herramienta y una nueva opción, lo que se genera es incertidumbre y un desbalance. Hay que intercambiar e informar porque estas no son las soluciones que la gente necesita.

Cervini

Tengo diferencias muy grandes con Lucía. Principalmente sobre cosas que se están llevando a cabo en la campaña del Sí. Acá lo primero que se instaló es el desalojo exprés con una campaña muy grande de mentiras y desinformación y asustando a la gente durante la recolección de firmas.

Quienes promueven la campaña rosada empezó con una gran cantidad de mentiras y fue lo que gran parte les llevó a recolectar las firmas. Paraban mucha gente en las ferias, en las calles, en locales ubicados en sedes sindicales y les dijeron a la gente cosas que no son, de que no se podían atrasar y que en tres días los van a sacar. Nada cambió, nada se modificó. Lo que se genera en la LUC es una nueva opción pensada para los que menos tienen y no tienen garantías. Nosotros trabajamos para esa gente y pensando en esa opción tengan un techo y una vivienda digna. Para jóvenes del interior, jóvenes que se quieren independizar, inmigrantes, se les da la oportunidad.

Esto significa que según la ley 14.219, los plazos serán de 20 días y acá se acortan a 6 días, pero no son seis días para que se vaya de la casa, venga el propietario y le diga. Acá se tiene que constatar que, primero la persona que está alquilando se atrasó, a partir de ahí el propietario tiene que notificarlo con un telegrama colacionado, que tiene unos días de demora, son seis días para contestar. Luego de eso si el inquilino no presenta el pago, se inicia a través del propietario, en el juzgado, el proceso de desalojo. Allí también existe para el inquilino la posibilidad de presentar su justificación de lo que le pasó y porqué no pudo pagar. Otro plazo más. El propietario puede exigir el desalojo, pero también quien está alquilando puede exigir una prórroga por única vez. Cuando pasamos todo eso, si cuando se termina el plazo de desalojo y el inquilino no se fue, el propietario debe solicitar de vuelta en el juzgado el lanzamiento. Si vamos a la exactitud de la letra de la ley, que queremos hacerlo lo más rápido que se pueda ir, en ningún caso se va ir en menos de un mes y medio de su casa.

Etcheverry

La norma no es lo que establece ni es la exposición e motivos que acompaña este capítulo. Cuando lo defienden y lo van a explicar las autoridades dicen que quieren disminuir sustantivamente los plazos a los efectos de que haya más viviendas en el mercado. Ese es el punto. El mal pagador con incumplimiento y la mora es a partir de los tres días. Lo dice la norma. Lo que dice es que puede pactar la mora automática. Quien va  a firmar ese contrato ya de entrada, a partir del tercer día que se atrase su pago, se registra un incumplimiento. Se flexibilizan los procedimientos para disminuir drásticamente los plazos. Alguien que tiene dificultades para establecer garantías es porque hay una dificultad del ingreso, el ingreso es bajo o hay una precariedad laboral. El problema es el ingreso. Frente a eso, el Estado se retira y genera una opción en la que hay que arreglar solo con el particular. El mal pagador no necesariamente es porque no quiera pagar. Todos hemos tenido algún problema. Esa posibilidad de atrasarse una semana cae en un incumplimiento y eso es el fundamento para iniciar el desalojo. Legislación desequilibrada y mucho más precaria.

A partir de la mora, quien tenga el contrario puede iniciar el trámite del desalojo. En el caso del mal pagador, hay un plazo de seis días para ser notificado y la posibilidad de hacer descargos en seis días hábiles y con abogado.

Cervini

La diputada con el afán de explicar su posición. Ya hace más de 20 meses que la LUC está. Cuando se hace mención a los tres días, se saltea decir tres días hábiles. Vamos a no obviar ninguna palabra porque reducimos y en tres días te echan de tu casa. Lo que te puede exigir el propietario, a tres días que te atrases del pago, ahí recién te envía el telegrama. El propietario tiene que empezar el proceso de desalojo en el juzgado. No existe el desalojo express, inventaron una palabra para meter miedo.

Los procedimientos de la justicia a veces demoran y no dicen exacto con la letra de la ley. Es más fácil predecir a cuánto va estar el petróleo que en cuántos días te van a desalojar.

En Canelones subieron de manera desmedida las contribuciones, en un 50% y 60% y hay mucha gente que no la pudo pagar. ¿Y eso es limitante para esa señora jubilada alquile una casita que tiene en el fondo a una persona sin garantías? Una entrada entre 5 mil y 7 mil pesitos, no, nosotros no lo vemos mal. Estamos ayudando a la gente. La LUC ayuda a los de abajo. A una persona que no necesariamente es poderosa a que conecte con una persona que esté necesitando esa casa. Inminentemente bajamos los plazos. Es una herramienta que te va permitir llegar a alquilar. A veces lo que le falta a la gente en este país es la oportunidad, la llave.

Etcheverry

Cuando se legisla, no se hace sobre la hipótesis de tiempo. Se legisla sobre la base de evidencia. Las excepciones no están establecidas, quedan a criterio del juez. El juez también tiene que cumplir con lo que dice la ley. 30 días al buen pagador con prórroga a siete más y el mal pagador es de seis días más una prórroga de cinco por una única vez. Si tenés un problema de en acceder a la garantía, necesitas que el Estado te ayude, no que se retire.

Los plazos se cortan drásticamente. No es lo mismo pasar de un régimen en donde por cumplimiento de plazo hay seis a un año de prórroga se pasan de 30 a siete días hábiles. Eso es drástico, no hay vuelta. Antes había alternativas que seguramente no fueran suficientes. Esta no es la solución para la gente. El tema es generar instrumentos y no que se vaya a arreglar solo con un privado. Esto es política pública. La gente hoy lo que va a tener es que va a saltar de casa en casa. Estamos empujándola a un nivel a que esté en un nivel de pasar de casa en casa.

Cervini

Es muy difícil que alguien que tiene un bien, se lo vaya a dar para alquilar a una persona que no tiene garantías y que ni siquiera tiene la seguridad de que en algún momento lo podrá desalojar, por muchas cosas. Es muy difícil que esa familia pudiera acceder a un alquiler, esto le está dando la posibilidad de que tenga una propiedad para alquilar.  Esto es una herramienta para esa familia que se le da la oportunidad. La ley para alquileres no se cambió. El que quiera alquilar y tenga la garantía lo puede hacer, el que quiera alquilar sin garantía por la libre contratación lo puede hacer, pero es muy difícil que le alquilen la propiedad.

Reflexiones finales

Etcheverry

Lo más importante es que la gente se informe. Los artículos dicen lo que dicen. Mostramos la ley y es lo que dice. Primero se dijo que el alquiler sin garantía es la innovación y se demostró que existe hace décadas en el país. Se acortan los plazos y demostramos que eso genera incertidumbre e inestabilidad. En la medida en la que la realidad y lo que dice la norma lo van tomando en consideración la sociedad, se van cambiando los argumentos. Queremos que haya garantías y que el Estado los proteja. Los 30 desalojos que dijo Cervini fue sobre una decena de contratos y en menos de un año lo desalojaron.

Cervini

Quedó demostrado que la papeleta rosada de los tres días no existe. No hay desalojo express. Tienen la garantía de que van a pasar por un proceso justo y correspondiente por el juzgado. No hay tres días, no hay un solo caso de que se haya sacado a una persona. Luego de 20 meses que está vigente no ha pasado nada con lo que dijeron, no ha pasado con los alquileres, no ha pasado con lo del ‘gatillo fácil’. Esto es una elección de medio término. Este referéndum no es contra la LUC, es contra el gobierno.