Entre otros aspectos, la Ley de Urgente Consideración introdujo cambios en la regulación de varios temas laborales. Por un lado, propone ciertas condiciones para que una huelga sea considerada lícita, lo que para el Gobierno se consagra como “libertad de trabajo”, mientras que para la oposición “limita” el derecho a huelga presente en la Constitución. A su vez, regula los piquetes “duros” y da potestad al Ministerio del Interior de intervenir si se obstaculiza la libre circulación y el orden público.
El sindicalista Richard Read insistió con que el art. 392 "es indefendible", "está mal escrito" porque "inhabilita el derecho de los sindicatos a ejercer el derecho efectivo a la huelga", además de contar con "el puño y letra de las cámaras empresariales por detrás". Por otro lado, Lust defendió la reglamentación: "Hemos tratado de igualar a la gente. Si uno presenta estos artículos como un enfrentamiento entre dos partes que no se pueden ver".
Eduardo Lust
Creemos que los artículos, estos puntuales, reflejan un poco lo que se habló en la campaña electoral del gobierno. Concretiza en un texto lo que de alguna forma lo que venía siendo el Poder Judicial. A partir de 2016 venía rechazando algunos conceptos que estaba dividida, en el sentido que la ocupación era una extensión del derecho de huelga, lo mismo pasaba con el piquete. No creemos que limiten derechos. Hay una discusión filosófica es que si los derechos sociales están por encima de los individuales. Creemos que esta es una buena solución, que veníamos de un periodo en la que la visión era otra y el gobierno cambió.
Richard Read
El que redactó este artículo no solo la chingueó. La OIT recomienda en las reuniones con cámaras empresariales, no de la huelga. En el art. 392 le pusieron “huelga”. La ocupación es una extensión de la huelga. El 392 no habla de “ocupación”, sino de “huelga”. Por lo que es restrictivo, va en contra del derecho a la huelga. En el 392 se pierde la efectividad de la huelga. Pone en igualdad el derecho individual con el colectivo. Le permite al empleador contratar personal. Es un artículo que tiene el puño y letra de las cámaras empresariales por detrás. No tengo duda. El poner “huelga” inhabilita todo. Inhabilita el derecho de los sindicatos a ejercer el derecho efectivo a la huelga.
Lust
Como se considera que se repite que la ocupación es una parte del derecho de huelga. El artículo habla de la huelga. El derecho de los no huelguistas y el derecho de la empresa a entrar a las instalaciones libremente. Acá no dice nada lo que Richard Read dice, que pueden contratar o no pueden contratar. Si pueden contratar terceros, ya digo que no por dos razones, hay una ley de trabajo terciarizado que lo prohíbe expresamente. Para los que no son terciarizados no se dice nada. Cuando hay un vacío, hay que regular el texto y se va a la ley análoga, la ley análoga es la de tercerización. La prueba es que eso no se ha dado, se podrá decir, pero no tenemos ejemplos. No podemos hacer futurología. Hay que hablar de la realidad.
Read
El texto dice “huelga”, no ocupación. Lo que no dice no está autorizado. Hay una mano atrás de clase. La habilitación para ingresar en todos los paros y en todas las huelgas es con gente que no está con la huelga y entra. El tema es con la ocupación. En la huelga hay gente que entra. Está mal redacta, está pensada para ocupación. La chinguearon, por eso hay que derogarla. Así como está, da lugar para que el empleador contrate personal efectivo. Ahí no dice que no se puede hacer. Hay que ser práctico.
El derecho al que ingresen en la huelga existe. Limita el accionar del derecho en el ejercicio de la huelga. Está mal escrito porque contraría el espíritu de la Constitución. No reglamenta la huelga, la limita, la condiciona, la retrae. Le quita poder a los trabajadores organizados.
Lust
El Estado garantiza el derecho de huelga, los no huelguistas pueden entrar y que el empleador puede entrar. Entonces te dicen para qué dice eso el artículo si eso ya sucede, y bueno será el artículo redundante, pero ahí estamos todos de acuerdo que no habla de nada de limitar el derecho.
Con respecto a los trabajadores, el empleador puede colocar en el empleo, eso no está reglamentado, no hay una norma que dice que si se puede o no se puede. Entonces no es que esté permitido, porque el hecho que no esté prohibido, no quiere decir que esté permitido. Lo que sucede que cuando no hay algo resuelto, hay que resolverlo. ¿Cómo se resuelve? En el sentido cuando no hay una solución y hay problema, hay que buscar la solución en un texto análogo. Se aplica como solución análoga esa prohibición. Gente que viene atropellar que tiene el derecho, el sistema impide que eso suceda. No ha pasado porque lo que están involucrados en la situación saben que la solución es esta.
Read
No ha habido huelgas. Es una ley que se va a instalar de futuro. ¿Con quién garantiza el Estado en una situación de huelga? ¿Los paros parlados? Entre gallos y medianoches hicieron esta ley, y este artículo no tengo duda. Esto hay que derogarlo y que el lunes se convoque para discutir. Es algo mucho mejor que este adefesio. Esto es para lío, es algo increíble. Discutir esta ley es un coloquio. La redacción del 392 es un adefesio.
Lust
Acá hay que ir al texto. El decreto está bien escrito. Hay un decreto del gobierno de Tabaré Vázquez que prohíba las ocupaciones en las oficinas públicas, pero permitía en las oficinas privadas, ahí hay una desigualdad. La negociación colectiva es la mejor herramienta, nadie gana y pierde, todos ganan. Las ocupaciones se han arreglado con negociación, es lo que ha pasado. El empleador y el empleado no son enemigos. Hemos tratado de igualar a la gente. Si uno presenta estos artículos como un enfrentamiento entre dos partes que no se pueden ver. Hay un espacio de tiempo transitorio de enfrentamiento. Esto está vigente. Hace un año y nueve meses que está vigente. No ha habido ni un problema.
Read
Este artículo como está redactado no solo que no va a mejorar las relaciones laborales, sino que las va a empeorar. Lo mejor es derogarlo, abrir una mesa de negociación. Esto va en contra del espíritu de la negociación. No es justo y no es digno. Es una manera de atacar el sindicato. Intrínsecamente este artículo va en contra de la organización sindical.
El 99% de las huelgas terminaron pacíficamente. Si es así, ¿por qué legislan sobre una minoría que no es representativa? Eso es porque hay un interés de clases.
Lust
El texto no es que habilite. Acá lo que dice el texto, usa la palabra piquete, el 468 dice piquetes que impidan la libre circulación, en espacios públicos o privados de uso público, hay una parte que queda afuera. El 469 dice que el Ministerio del Interior dispondrá de las medidas pertinentes a los efectos de preservar los espacios públicos cuya circulación se pretende obstaculizar. Para nosotros está bien, para Richard está mal. Pero si en la materialización dela competencia, la policía viola los derechos humanos, eso es otro tema y nadie lo va defender.
Las normas tienen espíritu. Cuando el texto es claro, no se tiene que desentender el texto para entender el espíritu.
Read
Acá se habla de vehículos y de personas. Da lugar a reprimir una concentración y una movilización. Se puede evitar porque la gente podría ampararse en el artículo. Va a haber provocación. Como dirigente sindical, aplicado a la vida laboral no solo es un retraso, sino que va en contra del movimiento del trabajador organizado. La única forma de empardar es con el colectivo.
El art. 392 es indefendible. El tema es el derecho a huelga que es constitucional. No garantiza la efectividad de la misma. El 392 hay que derogarlo. Luego no me opongo a discutir una nueva forma.
Reflexión final
Read
El domingo nos jugamos una parada que no es el final del mundo, pero hay un tema a resolver que es derogar 135 artículos. Este art. 392 hay que derogarlo porque no ayuda a la organización sindical. Creo en la democracia y en la opinión de la gente sin presiones.
Lust
Me refiero a que Richard tiene una visión del texto y las consecuencias, yo tengo la misma visión del texto, pero veo otras consecuencias. Esto no ha traído problemas de convivencia, pero podrá traer. Todas las normas son discutibles y siempre habrán opiniones legítimas también. Esto se viene aplicando sin violencia y creemos que debe continuar. El domingo la ciudadanía va resolver. Derogando esto se eliminará y la consecuencia será que como ya se venía haciendo, va continuar, podrá haber una competencia discutible del Ministerio del Interior. Yo no veo enfrentamientos entre el empleador y empleado. Podrá haber intereses distintos de clase, pero no un enfrentamiento, una enemistad, hay una especie de armonía que permite la convivencia.
