El proyecto establece que el botón deberá estar ubicado en un lugar visible y destacado desde el primer acceso al sitio web, y constituirá un medio válido para comunicar la decisión de cancelar el contrato
El proyecto de Rendición de Cuentas enviado por el Poder Ejecutivo al Parlamento propone modificar la ley de Relaciones de Consumo para obligar a las empresas que comercializan productos y servicios por internet a incorporar un "botón de arrepentimiento", que permitirá a los consumidores cancelar una compra o contratación.
La modificación, incluida en el artículo 109 de la Rendición de Cuentas, amplía el plazo a 10 días corridos (actualmente son cinco días hábiles) para que el consumidor pueda desistir de una compra realizada por internet, teléfono, correo, televisión u otros medios a distancia, así como de contrataciones realizadas fuera del local comercial.
El proyecto establece que el botón deberá estar ubicado en un lugar visible y destacado desde el primer acceso al sitio web, y constituirá un medio válido para comunicar la decisión de cancelar el contrato.
En caso de que el consumidor se arrepienta, deberá devolver el producto sin uso. A su vez, el proveedor tendrá la obligación de reintegrar inmediatamente el dinero.
Cuando la compra haya sido financiada mediante tarjetas de crédito, el proveedor deberá realizar las gestiones necesarias para cancelar o devolver los pagos correspondientes.
La propuesta incorpora además nuevas obligaciones para los proveedores, que deberán informar su domicilio físico y comunicar por escrito, de manera clara y comprensible, el derecho del consumidor a rescindir o resolver el contrato. Si esa información no es proporcionada, el consumidor podrá ejercer el derecho de arrepentimiento en cualquier momento, sin quedar limitado al plazo de diez días previsto por la ley.
La justificación del Poder Ejecutivo para cambiar la normativa
Según la justificación del articulado el Poder Ejecutivo señala que el plazo vigente de cinco días hábiles quedó desactualizado frente al crecimiento del comercio electrónico durante los 26 años transcurridos desde la aprobación de la ley actual, aprobada en el 2000.
El gobierno sostiene que el aumento de las compras por internet, especialmente las transfronterizas dentro del Mercosur, hace necesario sustituir el criterio de días hábiles por días corridos, ya que las operaciones se realizan las 24 horas del día y pueden involucrar consumidores de otros países que compran desde sus lugares de residencia.
La justificación también indica que Uruguay ofrece actualmente un plazo menos favorable que el de los demás Estados parte del Mercosur, lo que puede generar conflictos con consumidores extranjeros e incluso restar competitividad a los comercios uruguayos frente a los de la región.
Con esta modificación, el Ejecutivo busca armonizar la normativa con los estándares regionales. Aunque el plazo continúa siendo menor al de la Unión Europea, donde el derecho de arrepentimiento es de 14 días corridos, los 10 días corridos propuestos representan el estándar más alto vigente entre los países del Mercosur.
Respecto al "botón de arrepentimiento", el gobierno argumenta que su incorporación busca equilibrar la facilidad con la que hoy pueden concretarse compras por internet, ofreciendo un mecanismo igualmente simple para ejercer el derecho a cancelar la operación.



