La SCJ confirmó las sentencias que condenaron a los directores y gerentes de los bancos Montevideo y la Caja Obrera a resarcir a los ahorristas que perdieron sus depósitos en 2002

Pasaron 14 años de litigio.

El Banco Central inició en 2004 una demanda civil en nombre de los ahorristas afectados por el vaciamiento de los bancos Montevideo y la Caja Obrera en el 2002.

El BCU reclamó que se condenara a los directores de esas entidades y a las empresas que fueron usadas para desviar el patrimonio de los responsables de las maniobras.

Diez años después de la denuncia el Banco Central obtuvo un fallo favorable de primera instancia contra los hermanos Juan, Dante y Jorge Peirano y contra Mario San Cristóbal, Juan Domingo Ratti y otros exgerentes, que los obligaba a devolver 340.000.000 de dólares.

También fueron sentenciadas las sociedades Trade and Commerce Bank, Velox Investment Company y Banco Velox, entre otras.

Los condenados apelaron dos veces.

Según el fallo del primero de noviembre pasado, al que accedió Búsqueda, la Suprema Corte ratificó la sentencia de segunda instancia y consideró que era legítimo que el Banco Central presentara la demanda en nombre de los ahorristas.

En su recurso los hermanos Peirano alegaron también que no existía prueba que “identifique los daños pretendidos”. Sin embargo, los ministros consideraron que ese cuestionamiento no era revisable en esta etapa.

La decisión es definitiva y los obliga a pagar a cada ahorrista, aunque el monto está por definirse porque el Tribunal de Apelaciones determinó que este aspecto quede establecido en un juicio de liquidación.


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