“Seguramente Sendic tiene derecho a la compensación legal pero no la podrá percibir hasta el 1º de marzo de 2020”

Abogados constitucionalistas señalan que la resolución de Topolansky para asignarle un subsidio a Raúl Sendic no corresponde.

El abogado constitucionalista Martín Risso afirma que el inciso 10 del artículo 77 de la Constitución es claro: un legislador que haya renunciado a su cargo no puede cobrar el subsidio hasta terminar el mandato para el cual fue electo.

“Seguramente Sendic tiene derecho a la compensación legal pero no la podrá percibir hasta el 1º de marzo de 2020. Lo dice la Constitución”, detalló el abogado.

Risso explicó que la autorización de Lucía Topolansky de efectuar el pago puede ser irregular.

El catedrático en Derecho Constitucional Eduardo Lust dijo que a Sendic no le corresponde el subsidio porque lo pidió luego de renunciar, a lo que la Asamblea General lo debe aprobar por una mayoría especial.


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