Condenaron a 30 años de cárcel a hombre que abusó, torturó y asesinó a joven de 27 años en 2021; luego la arrojó en una tarrina al Pantanoso

La condena indica que en el delito de homicidio “se computó la agravante genérica de la alevosía, dado que la víctima se hallaba imposibilitada de defenderse de la agresión (estaba atada de pies y manos atados)" y que "existió crueldad excesiva" porque "hizo sufrir innecesariamente a la víctima antes de matarla".

La Justicia condenó en las últimas horas a 30 años de prisión al hombre que torturó y asesinó a una joven de 27 años cuyo cuerpo fue encontrado en una tarrina flotando en el arroyo Pantanoso en diciembre de 2021. La víctima sufrió “apremios físicos, psicológicos y sexuales” por parte de su homicida.

Según informó la Fiscalía este martes, la Fiscalía de Montevideo de Violencia Doméstica y Violencia basada en Género de 1º turno, a cargo de los fiscales Schubert Velázquez y Adriana Colman, obtuvo mediante juicio oral la condena del hombre, en un caso que se remonta al 29 de diciembre de 2021.

En el comunicado, desde Fiscalía indican que “a lo largo de las cinco audiencias en que se celebró el juicio oral se demostró que el hoy condenado dio muerte a una mujer de 27 años, luego de infringirle apremios físicos, psicológicos y sexuales”. 

Hallaron un cuerpo dentro de una tarrina que flotaba en el Pantanoso

La sentencia recogida por Fiscalía señala que “la víctima fue sometida por un tiempo prolongado a una situación de tortura psicológica, visualizando el fatal desenlace que se aproximaba, sin posibilidad alguna de defensa”.

La investigación determinó que “la víctima y el ofensor coincidían en un local ilegal de venta y consumo de estupefacientes”: “La víctima ejercía el trabajo sexual y el acusado solía ser su cliente, pagándole con dinero o con drogas. Días antes del homicidio se había suscitado una discusión entre ambos, donde el condenado había proferido fuertes amenazas hacia la víctima. El día 24 de diciembre de 2021, el imputado indicó a la víctima que fuera a su casa. Una vez allí, el imputado agredió psicológica, física y sexualmente a la víctima y luego le dio muerte”.

El homicidio se dio en el domicilio del agresor mediante asfixia. Luego, “el asesino colocó el cuerpo de la víctima en un tanque de plástico, lo cargó en un carro de caballo y lo arrojó en el arroyo Pantanoso”.

“En la pericia psicológica se estableció que el imputado presenta componentes de personalidad antisocial y de psicopatía, caracterizadas por inseguridad significativa, superficialidad afectiva y falta de empatía.

Finalmente, el hombre fue condenado en las últimas horas como autor penalmente responsable de “un delito de homicidio muy especialmente agravado en reiteración real con un delito de autoevasión en grado de tentativa”, a la pena de 30 años de penitenciaría, con descuento del tiempo de prisión preventiva ya cumplido.

Formalizaron a un hombre por el crimen de una mujer que apareció flotando dentro de una tarrina en el arroyo Pantanoso

“El imputado cometió un delito de homicidio muy especialmente agravado. La conducta desarrollada se encuadra en la actividad material correspondiente al delito Homicidio intencional, al haber ejecutado los actos consumativos correspondientes a dicho ilícito a título de dolo directo, esto es, con el resultado ajustado a su intención, violentando el bien jurídica vida, ejerciendo los actos propios del tipo penal previsto por el art. 310 del Código Penal. En relación al delito de autoevasión en grado de tentativa, el mismo fue admitido por la defensa y quedó configurado porque el imputado intentó fugarse cuando ya se encontraba detenido, lo que fue impedido por el accionar policial”, indica la información fiscal.

En tanto, desde la Fiscalía se remarca que “la sentenciante entendió que el acusado es autor de ambos delitos y que no hay circunstancias atenuantes”, y que en el delito de homicidio “se computó la agravante genérica de la alevosía, dado que la víctima se hallaba imposibilitada de defenderse de la agresión (estaba atada de pies y manos atados, y el acusado sabía que ella no podría defenderse) y se computa la agravante muy especial de haber cometido el hecho con grave sevicia, aludiéndose a los tratos crueles a los que el condenado sometió a la víctima; existió crueldad excesiva, hizo sufrir innecesariamente a la víctima antes de matarla”.

“Esta muerte se produjo, como se dijo anteriormente, con una clara desproporción entre el motivo, que le llevó a dar la muerte, y justamente el resultado, que fue el homicidio, siendo el objetivo del imputado torturara la víctima, quien se encontraba indefensa visualizando justamente el fatal desenlace que se aproximaba”, concluye la condena.


Las Más Vistas