Son obligatorias para todas las empresas públicas y privadas del país.
Se presentó la guía para salas de lactancia en empresas.
La nueva ley y su reglamentación establecen que la sala es obligatoria en empresas con más de 50 empleados, o que tengan 20 mujeres entre los 15 y los 49 años.
En empresas con menos empleados no se exige la sala pero sí un espacio de lactancia. La trabajadora dispondrá de dos períodos de 30 minutos o uno de 60 minutos para usar la sala.
Se podrán aplicar multas proporcionales al tamaño de la empresa y al grado de incumplimiento.
El marco que establece multas a aplicar está contenido en un decreto del año 2004.
La fiscalización se hará ante denuncia de un trabajador o cuando se realicen inspecciones regulares por otros temas.