El debate sobre el delito de abuso de funciones: ¿es constitucional o inconstitucional?

Abordamos el tema en Telemundo sábado junto al abogado Andrés Ojeda.

El fiscal Luis Pacheco pidió el procesamiento de varios exjerarcas de Ancap, incluido el exvicepresidente de la República, Raúl Sendic. En este marco, se reavivó el debate sobre el alcance de la figura del delito de abuso de funciones.

Abordamos el tema junto al abogado Andrés Ojeda.

El delito de abuso de funciones ha tenido mucha polémica, desde que se pidió su derogación en 2006-2007. Y ahora en 2017 hay una nueva avanzada buscando derogarlo.

Toda la academia cree que el delito de abuso de funciones es inconstitucional. En los delitos debe estar perfectamente descrito qué es lo que se castiga; en el abuso de funciones es todo lo que no es el resto de las cosas. Y en el derecho penal está prohibido el abuso residual.

Hablamos de actos arbitrarios, que no se definen bien cuáles son. Dejarle ese nivel de discrecionalidad a un juez es lo que se critica.

Pero la realidad dice que hay muchas conductas de función pública que son castigadas socialmente que quedan fuera de la sanción penal si tuvieran que ver con este delito.

La mayoría de los delitos de función pública tienen una prescripción de diez años. Entiendo que la gente se sorprenda cuando ve disparidad al momento de aplicar las mismas normas.

Un político que es presunto inocente puede ser candidato político en la medida que no está presa. La condena puede caer antes de la elección, inhibiéndolo de ser candidato.

Expertos en Derecho consideran que un registro público de abusadores o la cadena perpetua son inconstitucionales o violan libertades individuales

El abogado Martín Risso cree que no habría inconvenientes si el registro se usa para instituciones que trabajan con niños.

Para el abogado penalista y criminólogo Gustavo Aller, el registro público de abusadores sexuales es difícil de implementar.

“El registro serviría para que las personas quién vive por allí. Más allá del horror de este tipo de conductas criminales, atenta contra la privacidad de las personas y es muy delicado en relación al estigma”, dijo Aller a Desayunos Informales.

Para el constitucionalista Martín Risso, si el registro es para uso de la Policía o instituciones que trabajan con niños, no habría inconvenientes.

“La cuestión empieza cuando se hace público, porque se empieza a generar una cantidad de problemas en cada barrio. Además existe el derecho a la intimidad: si la persona cumple la pena que le correspondía, parece complicado mantenerlo en un registro”, explicó el abogado.

Risso también señaló que la pena de cadena perpetua entra en conflicto con la Constitución.

“La pena de prisión es para rehabilitar a la persona, y eso parece ser incompatible con una sanción perpetua. Se ha dicho que es si inconstitucional- creo que lo es- se puede modificar la Constitución pero no ganaríamos nada porque la ley seguiría siendo contraria a la Convención Interamericana y tampoco se aplicaría. Creo que la pena perpetua no funciona”, agregó Risso.

Expertos coincidieron en que Uruguay está en condiciones de plantearse una reforma laboral

Múltiples especialistas en derecho y relaciones laborales dijeron que la reforma no necesariamente implica mayor desregulación como los casos de Brasil y Argentina.

La reforma laboral ya está sucediendo en Uruguay, tanto en los ámbitos de negociación como en el día a día, a razón de los cambios tecnológicos, coincidieron especialistas.

El doctor Gerardo Cedrola consideró que una reforma no tiene por qué ser sinónimo de desregulación y que la garantía está dada por la participación de todos los actores sociales.

“Es cierto que en América Latina la mayoría de las experiencias de reforma han tenido contenido desregulatorio. La mayoría de las reformas laborales que se hacen en los países de la Unión Europea tienen participación social”, apuntó Cedrola.

En el seminario “Perspectivas sobre una posible reforma laboral en Uruguay”, organizado por la Universidad de Montevideo y el estudio Pérez del Castillo y asociados, el doctor Hugo Barreto dijo que en Uruguay la reforma es oculta pero está a la vista de todos:

“La reforma laboral en Uruguay ocurre a nivel de la negociación colectiva en los Consejos de Salario”.

Por su parte, el doctor Juan José Franchini dijo que es necesario hacer cambios y adaptarse a la nueva realidad:

“Consideramos que es necesario adaptar las reglas en el mundo del trabajo porque es necesario que las empresas y los trabajadores de Uruguay puedan recuperar competitividad en la región y a nivel mundial”.

En tanto, el doctor Juan Raso Delgue subrayó que las relaciones laborales han evolucionado, en un contexto de creciente poder de las transnacionales, implementación de nuevas tecnologías y presencia de desempleo e informalidad en América Latina.

“El industrialismo de Taylor construyó el derecho del trabajo típico. El modelo post-taylorista destruirá el derecho del trabajo”, afirmó.

Fiscal de Corte sostiene que el sistema penal prioriza el derecho a propiedad sobre el de la vida

El fiscal Jorge Díaz sostuvo en una entrevista que las leyes las hacen los sectores más pudientes.

El fiscal de Corte Jorge Díaz fue convocado al parlamento por el senador Ope Pasquet, por una entrevista que concedió al diario La República el 7 de mayo. En ella advertía que el sistema penal uruguayo es parcialmente selectivo y que las leyes las hacen generalmente los sectores más pudientes.

Eso explica, según Díaz, que se proteja la propiedad más que a la vida. Como ejemplo señaló que mientras la pena mínima para el delito de rapiña es de cuatro años y para copamiento es de ocho años, para homicidio doloso es de 20 meses.

“Hay una sobreprotección de la propiedad con relación a la vida y eso dice  algo de una regulación penal que debe ser modificada. Incluso, dentro de los delitos contra la propiedad, está el delito de estafa: tenemos casos millonarios como el del Banco Comercial donde se llevaron del país 1.000 millones de dólares y casi nos vamos por el caño.

En ese caso no hubo pena alguna con los hermanos Rohm y hubo otras de tres años porque el máximo de la estafa es de cuatro años”, apuntó Díaz.

El fiscal dijo que la conclusión es que hechos y conductas que son mucho más gravosas para la sociedad tienen penalidades inferiores a otras y que eso tiene que cambiar.

Puso también el ejemplo de la falta de protección al medio ambiente. Aseguró que hay acciones que generan más daño que un hurto o una rapiña, pero que ni siquiera están tipificadas como delito.