Plan de vacunación es "inconstitucional" e inoculados son "sujetos pasivos" de la fase "experimental": lea la sentencia del juez Recarey

"El secretismo que se busca imponer en las cláusulas, comportan -lisa y llanamente- la abdicación de la soberanía jurídica del Estado uruguayo", lanzó Recarey.

El juez del Tribunal de los Contencioso Administrativo (TCA) Alejandro Recarey ordenó este jueves al mediodía suspender la vacunación contra el coronavirus para niños de entre cinco y 13 años tras un recurso de amparo presentado por el abogado Maximiliano Dentone.

La decisión se presenta en una sentencia de 21 páginas a la que accedió Telemundo y que cuenta con numerosas críticas al proceso de vacunación anticovid por parte del magistrado. Entre otros puntos, lo califica de "ilegal e inconstitucional" y asegura que aún continúa la fase "experimental" de la vacuna, donde las millones de personas inoculadas son "sujetos pasivos del estudio".

"Una vez lanzada una vacuna al mercado, ya no pueden seguir adelante con su trabajo los equipos de control. Con lo que, en palabras crudas, la fase de contralor (que puede definirse como 'experimental', o si se prefiere 'provisoria' o 'incompleta', si no en términos estrictamente técnico-médicos, sí en la lógica del sentido común), continúa. Pero, ahora, con las personas masivamente vacunadas como sujetos pasivos del estudio", cuestiona Recarey sobre la totalidad del plan de vacunación.

En este sentido, también critica que se aluda a la urgencia por la pandemia para administrar las dosis: "Puede ser (aunque la bajísima incidencia de la enfermedad en menores hace dudosa, para esta franja, una excusa de ese orden). Pero, en cualquier caso, debe hacerse saber con total énfasis y claridad, esa coyuntura de cierta provisoriedad científica a todos aquellos quienes introduzcan las sustancias todavía no autorizadas. O sea, debe prevenirlos de que la vacuna solo tiene autorización provisoria de emergencia, y no definitiva. Instruyéndolos, sumariamente, de los alcances de esa circunstancia. Y no consta que eso se haga".

Más adelante, el juez asegura que "además de ilegal, la campaña de vacunación es inconstitucional". "Aún a simple golpe de ojo, es claro que el silencio acerca del contenido de las aludidas vacunas, viola dos órdenes de derechos humanos: el derecho a la salud, y el derecho a la información. Derechos ambos de nivel constitucional", expresa.

Siguiendo con su razonamiento, asegura que no hay contradicción entre el derecho a la salud y a la información, sino que "lo que pesa del otro lado de la balanza es el interés financiero de las empresas farmacéuticas privadas".

Luego, dedica algunos párrafos a criticar lo que considera como falta de transparencia en cuanto al contrato de compra de las dosis. "El secretismo que se busca imponer a sus cláusulas (proyectabe sobre una materia tan delicada como la salud de la población), comportan -lisa y llanamente- la abdicación de la soberanía jurídica del Estado uruguayo", lanzó.

En uno de los últimos puntos, sin embargo, aclara que "no se pronuncia, de ninguna manera, sobre la validez de las vacunas en general", ni opina sobre "la eficacia y seguridad" de las dosis.

"Un juez no hace, no puede hacer, valoraciones científico-técnicas. Sólo 'dice' el derecho en un caso particular. Y en ese plano, justamente, lo que sí se afirma -y con énfasis- es que la vacunación debe hacerse dentro del marco de la legalidad. Tanto es ello así, que no se está prohibiendo la oferta vacunatoria. Sólo se la suspende en tanto ilícita (...) En otras palabras, el firmante no se pronuncia sobre el sustento científico de los inyectables en lo sustancial, en tanto tal. No lo comenta. ", sentenció.

Sentencia del juez Recarey ... by agustin

 


Las Más Vistas